Servicio de utilidad publica, tetones supremos. Aiuda

Eso va por defecto en el contrato

El problema está en la ley, y estos hueones no han querido actualizarla a los nuevos tiempos.

Los derechos de los arrendatarios establecidos en la ley de arrendamiento son irrenunciables, no se puede poner en el contrato una cláusula de ese tipo, y dudo que cambios futuros alteren esto, ya que el incumplimiento de un contrato es un tema jurídico que ven los tribunales, no está dentro de la competencia de Carabineros ni de autoridades administrativas.

claro, si le pides ayuda a carabineros ellos no pueden hacer nada a no ser que tengan una orden judicial

pero perro… llamaste a la desgracia siendo tan confiado.

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siempre me he preguntado si en dicom se puede ver cosas como el historial de estos weones cochinos en terminos de arriendo, y sino se puede, se peude ver en otro lado?